- Presentó iniciativa para adicionar el Artículo 369 del Código Penal estatal para que los incendios forestales sean investigados de oficio por la Procuraduría de Justicia, para determinar si estos siniestros fueron provocados por la mano del hombre o de manera natural
En las vísperas del inicio de la temporada de incendios forestales del año 2022, que se anticipa será de las más críticas en el país, y en atención a que la gran mayoría de los incendios forestales en México son provocados por el ser humano, la Diputada Eda María Palacios Márquez (PAN) del Municipio de Los Cabos, presentó iniciativa para adicionar el artículo 369 del Código Penal para que los incendios forestales que se susciten en el estado, sean investigados de oficio por la Procuraduría General de Justicia del Estado, para determinar si estos siniestros fueron provocados por la mano del hombre o de manera natural, de acuerdo a las pesquisas que realice dicha institución.
Al dar lectura a su iniciativa, la legisladora cabeña expuso que desde el año 2014 está tipificado en el Código Penal del Estado el delito de provocación de incendio en su vertiente forestal “sin embargo, este delito actualmente se persigue por querella, es decir, si nadie lo denuncia, la autoridad no puede investigarlo, por eso proponemos que este delito en su vertiente omisiva y dolosa, sea perseguida por oficio, para que la Procuraduría General de Justicia realice las diligencias necesarias y determine si el incendio forestal, fue causado por la mano del hombre o por causas naturales, y si fuere por causas imputables a seres humanos, se determine quiénes fueron; si la conducta fue por descuido o de manera dolosa, y en su caso, soliciten a los jueces la imposición de las penas de prisión y pecuniarias que correspondan, cuando exista responsabilidad comprobada.”
La Diputada Eda Palacios aseguró que, de aprobarse esta reforma, los ciudadanos que habitan comunidades donde existen oasis y palmares, y la propia autoridad federal, estatal o municipal que atienda el tema forestal, podrán poner del conocimiento de la autoridad ministerial cualquier indicio que tengan de que algún incendio forestal haya sido provocado, incluso de manera anónima, y las autoridades ministeriales estarán obligadas en todo momento a atender de oficio estas denuncias.
Agregó que no implicaría una carga desproporcionada de trabajo al Ministerio Público toda vez, que, conforme a las estadísticas, no son muchos los incendios forestales que se presentan en la entidad, pero los que se presentan en los palmares de los oasis que tienen población que ahí viven, si impactan la vida de cientos de personas quienes pierden sus huertas y viviendas como lo suscitado recientemente en Santiago en este año 2022, y en el Oasis de Mulegé Pueblo en 2019 y en el Oasis de San Ignacio en 2020.
El delito de provocación de incendio, tiene una penalidad de 1 a 5 años si el incendio forestal es por descuido o negligencia del ser humano; de 2 a 8 años cuando el incendio sea causado dolosamente. Las penalidades se agravan cuando el incendio sea provocado dolosamente en áreas forestales de jurisdicción estatal y municipal como palmares que se encuentran en los oasis, arroyos, ríos o esteros del territorio del Estado, sin importar la superficie que comprendiera o fuera afectada por el incendio y cuando afectara a especies endémicas, para lo cual las penalidades suben de 3 a 12 años.