La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió tres solicitudes de medidas cautelares, dos de ellas declaradas procedentes y una improcedente. El INE informó que una ciudadana excandidata a diputada federal por el Partido del Trabajo (PT) durante el Proceso Electoral Federal 2020-2021 denunció presunta violencia política en razón de género, derivado de dos contenidos publicados en el mes de febrero de 2021, en un medio noticioso digital y en la red social Facebook.
La quejosa denunció a BCS Noticias, a Erick Iván Murillo Mendoza, Director de BCS Noticias, Medios Digitales Metropolimx S.A. de C.V. (Metropolimx) y/o Diego Soto (Reportero), por una posible afectación personal en los contenidos que violentan su dignidad y utilizar información para generarle mala reputación y crearle problemas, tanto a nivel personal como familiar, pues esas publicaciones implicaron su renuncia a la candidatura, solicitando se suspenda su difusión.
Del análisis a las publicaciones denunciadas, se estimó procedente la medida cautelar, ya que se consideró que se configura violencia sexual, simbólica y psicológica, pues se utilizan expresiones que refuerzan estereotipos y roles de género, aunado a que, de un análisis contextual, se estimó que la fotografía y el video de connotación sexual la cosifican y provocaron que la quejosa se desvinculara de su campaña, de su plataforma política y nulificaron su capacidad para contender por un cargo de elección popular, transgrediendo así, el libre ejercicio de un derecho político-electoral, en las vertientes de participación política y voto pasivo.
La Comisión estimó, desde una óptica preliminar, que las publicaciones no evidencian un uso responsable y respetuoso de las nuevas tecnologías de información y comunicación, en relación con los derechos de las mujeres y su participación política, particularmente en el período de campaña electoral, pues éstas no versan sobre la carrera política de la denunciada o la plataforma política de su candidatura a una diputación federal.
La Comisión concluyó que se actualizan los cinco elementos del Test de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que se utiliza como método de identificación de algún acto o conducta que pudiera constituir violencia política o discriminatorio en contra de una mujer por razón de su género, y ordenó a las personas denunciadas retiren las publicaciones de manera inmediata, en un plazo que no podrá exceder de tres horas.