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Home CONGRESO DEL ESTADO

Instituye el Congreso de BCS el Parlamento de Mujeres de BCS

by Felipe Ascencio
febrero 6, 2026
in CONGRESO DEL ESTADO
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Instituye el Congreso de BCS el Parlamento de Mujeres de BCS
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  • Se derogan los Decretos 2560 y 2830, y se consideran improcedentes la propuesta de implementar foros como una modalidad nueva, así como la abrogación del Decreto 3043

Con 14 votos a favor y cero votos en contra, la XVII Legislatura del Congreso del Estado de BCS aprobó el dictamen presentado por la Comisión Permanente de Igualdad de Género, mediante el cual se instituye el Parlamento de Mujeres del Estado de Baja California Sur y se derogan los Decretos 2560, 2830.

“El presente impulso legislativo busca reforzar y actualizar la organización y realización del Parlamento; para ello, la abrogación de los Decretos de su origen y de los que posteriormente modificaron su formato resulta indispensable para que, toda la información quede recabada en un solo Decreto”, afirmó la diputada Arlene Maciel, promovente del proyecto.

Derivado del análisis, la comisión dictaminadora llegó a la conclusión de que lo más óptimo y eficaz para dicha actividad es que se mantenga la modalidad preestablecida de la realización de un Parlamento de Mujeres por cada año de ejercicio constitucional y, a su vez, se consideró improcedente la propuesta de implementar foros como una modalidad nueva, en virtud de que la comisión permanente ya está dotada de dicha facultad. En relación con la abrogación del Decreto 3043, de igual forma se acuerda que es improcedente.

Respecto a los artículo 3ro y 6to, la comisión dictaminadora prevé que la redacción en su segundo párrafo del Art. 3ro puede incurrir en una interpretación errónea de garantizar el acceso de participación de todas las mujeres al incorporar que las y los legisladores en funciones deberán presentar una propuesta; en lo que respecta al Art. 6to sobre el presupuesto destinado a dicha actividad, la comisión consideró oportuno la eliminación del segundo párrafo del artículo en mención y las sustitución del término “incorporar” por “garantizar”.

Con la finalidad de alcanzar un avance significativo en la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, por parte del Poder Legislativo, así como continuar ofreciendo un espacio de expresión de las mujeres, por medio del parlamento mencionado, la comisión dictaminadora consideró idóneo el impulso legislativo, toda vez que significa recordar la lucha inalcanzable por la igualdad de género y el pleno reconocimiento de los derechos de las mujeres.
En la discusión del tema, la diputada Karina Olivas Parra hizo uso de la tribuna para solicitarle a la promovente la reserva al artículo transitorio 3ro con el fin de fortalecer la participación y la legalidad de las mujeres en el estado de BCS, para quedar de la siguiente manera: “Art. 3.°, la Comisión Permanente de Igualdad de Género del Congreso del Estado de BCS contará hasta con 30 días naturales a partir de la publicación del presente decreto en el boletín oficial en el Gobierno del Estado para presentar en pleno la discusión y aprobación, en su caso el nuevo reglamento del presente Decreto”.

Felipe Ascencio

Felipe Ascencio

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