• Cuando sean removidos injustificadamente, podrán reintegrarse a la función que anteriormente desempeñaban
Cuando un funcionario público de las fuerzas de seguridad sea removido injustificadamente, tendrá derecho a obtener todas las prestaciones de seguridad social como actualmente se prevé, pero además podrá reintegrarse a la función que anteriormente desempeñaba, según versa la proposición con punto de acuerdo, que fue aprobada hoy en sesión ordinaria por los integrantes de la XVI Legislatura, presentada por la diputada María Luisa Trejo Piñuelas, Presidenta de la Comisión de Asuntos Laborales y de Previsión Social.
En ese sentido, los agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, serán consideradores trabajadores de confianza y gozarán de las prestaciones previstas para los trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, con pleno apego a esta Constitución y las leyes que regulen a dichas instituciones.
Los Agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por incurrir en presunta responsabilidad en el desempeño de sus funciones.
Si la autoridad jurisdiccional resolviere que la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación del servicio fue injustificada, tendrán derecho al pago de las prestaciones de ley, así como a su reincorporación al servicio, cuando pertenezcan al Servicio Profesional de Carrera Ministerial Policial o Pericial.
Así mismo, las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales, podrán instrumentar sistemas complementarios de seguridad social a fin de fortalecer los derechos y prestaciones de seguridad social del personal del Ministerio Público, de las corporaciones policiales y de los servicios periciales, de sus familias y dependientes.
En el caso de los militares, marinos y personal del servicio exterior, se regirán por sus propias leyes y el Estado proporcionará a los miembros en activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, las prestaciones a que se refiere el inciso f) de la fracción XI de este apartado, en términos similares y a través del organismo encargado de la seguridad social de los componentes de dichas instituciones.
La propuesta de la legisladora de la bancada de Morena, implica reformar la fracción XIII del apartado “B” del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.