Se aprueba por una parte se apliquen sanciones a los patrones que priven todo o una parte del salario de las y los trabajadores• Así mismo incluir en la legislación penal un título relativo a los“Delitos contra los Trabajadores”, para que sean los patrones del sector público y también privado los que sean sancionados
El Pleno de la XVI Legislatura aprobó contemplar en el Código Penal, el tipo penal que sancione a los patrones cuando sin que medie resolución judicial, priven de todo o de una parte del salario a trabajadoras y trabajadores, fue propuesto por la diputada Gabriela Montoya Terrazas (PT), considerando prudente establecer en la ley, qué es “el abuso de autoridad” y “el uso ilegal de la fuerza pública”.
El dictamen presentado por las comisiones permanentes de Puntos Constitucionales y de Justicia, de Asuntos Laborales y Previsión Social y, de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, de las iniciativas mediante las cuales se propuso adicionar una fracción XI al artículo 274 del Código Penal para el Estado de Baja California Sur y adicionar un títulovigésimo noveno de los “Delitos contra los Trabajadores”, con un capítulo I denominado “Abandono de Trabajadores del Campo”, con un artículo 400 y un capítulo II, denominado “De la Violación a las Leyes Sobre la Protección al Salario”.
Las y los legisladores dictaminadores coincidieron con los argumentos expuestos por ambas iniciadoras,quienes conciertan en la necesidad de proteger el salario de las y los trabajadores.
En concordancia, las comisiones unidas también aprobaron incluir en la legislación penal, como lo propone la diputada María Luisa Trejo Piñuelas(Morena), un título relativo a los “Delitos contra los Trabajadores”, con un capítulo relativo a la protección del salario, entendiéndose en este caso que se sancionará tanto a los patrones privados como a los servidores públicos que priven a un trabajador de una parte o del total del producto de su trabajo sin que medie resolución judicial que lo justifique.
Ambas iniciadoras consideraron que, las conductas de los delitos antes mencionados son de grave afectación para la sociedad y en particular para los trabajadores del campo, ya que al ser abandonados en el territorio del Estado, se ponen en peligro sus derechos fundamentales como el derecho al trabajo, alimentación, vivienda, entre otros, por ello se estima que se debe considerar como delito y que la norma penal tenga una función persuasiva para su eliminación y a su vez, cuando suceda, se castigue al infractor.